FASES DE LA OPOSICIÓN

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:

PRIMERA PRUEBA (APTITUD FÍSICA)

  • Esta prueba consistirá en la realización por los opositores de los ejercicios físicos descritos a continuación.
  • El Tribunal calificador, cuando lo estime pertinente y de forma aleatoria, podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o cualquier tipo de dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la capacidad física o a modificar los resultados de la prueba, quedando eliminados los que den positivo al consumo de dichas sustancias.
  • Por razones de seguridad, en los ejercicios físicos que se realicen en polideportivo cubierto no se permitirá el acceso de público.
  • La carrera de 1.000 metros sí será pública, al desarrollarse en pista al aire libre. No se permitirá su grabación por medio audiovisual alguno al poder afectar a la seguridad, al derecho a la intimidad personal y la propia imagen de los intervinientes.
  • Para la realización de esta prueba los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo y entregarán al Tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas. La no presentación de este documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
  • Las aspirantes que no pudieran realizar las pruebas físicas por embarazo o parto, debidamente acreditados, realizarán todas las demás, quedando condicionado su ingreso en la Escuela Nacional de Policía a la superación de aquéllas y a que, de acuerdo con su calificación global en la convocatoria, en relación con la de los demás aspirantes, le corresponda. A tal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en una inmediata segunda convocatoria.
La incorporación a la Escuela Nacional de Policía se realizará con los admitidos en la convocatoria en que supere las pruebas físicas.
En caso de que la interesada no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a las mismas.
  • La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del aspirante.
  •  La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar.

Descripción de las pruebas de aptitud física:

  • Primer ejercicio (hombres y mujeres) CIRCUITO: Con la salida de pie, detrás de la línea de partida, el opositor debe realizar el recorrido estipulado en la convocatoria. Es nulo todo intento en el que el candidato derribe alguno de los banderines o vallas que delimitan el recorrido o se equivoque en el mismo. Se permiten dos intentos sólo a los opositores que hagan nulo el primero.
  • Segundo ejercicio (Hombres): Desde la posición de suspensión pura con palmas al frente, total extensión de brazos, se realizarán flexiones rebasando totalmente la barbilla por encima de la barra y extendiendo en su totalidad los brazos sin que se permita el balanceo del cuerpo o ayudarse con movimientos de piernas. Un intento.
  • Segundo ejercicio (Mujeres): El ejercicio consiste en quedar, el mayor tiempo posible, en la posición que se describe: desde la posición de suspensión con palmas hacia atrás, brazos flexionados, barbilla por encima de la barra y piernas completamente extendidas y sin tocar el suelo, la opositora deberá mantenerse el mayor tiempo posible. Se da por finalizado el ejercicio en el momento que la barbilla se sitúe por debajo de la barra o se tenga contacto con ella. Un intento.
  • Tercer ejercicio (hombres y mujeres): Carrera de 1.000 metros sobre superficie lisa, plana y dura. Un intento.

SEGUNDA PRUEBA (DE CONOCIMIENTOS Y ORTOGRAFÍA)

Constará de dos partes eliminatorias:

a.     Consistirá en la contestación por escrito, en cincuenta minutos, a un cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que sólo una es verdadera, sobre las materias de ciencias jurídicas, sociales y técnico-científicas, relacionadas con la función policial, que conforman el temario que se establezca en la convocatoria. Los errores penalizan, conforme a la fórmula siguiente: A – [E/ (n – 1)], siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores y «n» número de alternativas de respuesta.
Cada una de las cien preguntas tiene un valor de un punto. El Tribunal considerará aptos en esta prueba a los opositores que hubiesen obtenido al menos 50 puntos tras la aplicación de la fórmula expresada en el párrafo anterior.
b.    Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario para evaluar la capacidad ortográfica del opositor. Para su calificación se utilizará la fórmula de corrección aplicada a la prueba de conocimientos.

Esta prueba se calificará como «apto» o «no apto».
Los interesados dispondrán de un plazo de dos días naturales, contados a partir del siguiente al de su publicación, para impugnar cualquiera de las preguntas integrantes de los cuestionarios de conocimientos y ortografía.

TERCERA PRUEBA

Constará de tres partes eliminatorias:

A) RECONOCIMIENTO MÉDICO

  • Los aspirantes serán sometidos a un reconocimiento médico para comprobar que no están incursos en el cuadro de exclusiones médicas vigentes.
  • La realización de este reconocimiento implica el consentimiento de los aspirantes para que los resultados del mismo sean puestos a disposición del Tribunal calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para su evaluación y calificación.
  • Se aplicarán a los aspirantes las técnicas médicas de uso convencional que se estimen oportunas, incluida la analítica de sangre y orina.

Su calificación será de «apto» o «no apto».

B) ENTREVISTA PERSONAL

  • Tras la realización de un test de personalidad, un cuestionario de información biográfica y/o un «curriculum vítae» por el opositor, se investigarán los factores de socialización, comunicación, motivación, rasgos de personalidad, rasgos clínicos y cualidades profesionales.
  • La calificación de esta parte será de «apto» o «no apto»

C) TESTS PSICOTÉCNICOS

  • Consistirá en la realización de uno o varios test dirigidos a determinar las aptitudes del aspirante (inteligencia general) para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira. Para su calificación se utilizará la fórmula de corrección aplicada a la prueba de conocimientos y ortografía.
  • El resultado de esta parte c), establecerá el orden descendente de notas, de mayor a menor, de los opositores. Se declararán aptos a un número de opositores igual al de plazas convocadas.

El resultado final de la tercera prueba será de «apto» o «no apto».

EJERCICIO VOLUNTARIO DE IDIOMA

  • Los opositores podrán realizar, con carácter voluntario, un ejercicio de conocimiento de los idiomas inglés o francés (sólo uno de ellos), que podrá mejorar hasta un punto la nota final de la oposición, de los que superen la misma.
  • Los opositores optarán por el ejercicio voluntario de idioma en la solicitud de participación en el proceso. La opción efectuada fuera de dicha solicitud no se tendrá en cuenta.

CONSUMO DE SUSTANCIAS TÓXICAS

  • Independientemente de la finalidad de la prueba de reconocimiento médico, a los aspirantes se les podrá realizar en cualquier fase del proceso selectivo, análisis de sangre y orina o cualquier otro que se estime conveniente para detectar el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos. La participación en el proceso lleva implícita la autorización expresa para la realización de estos análisis.
  • Si el interesado se negara a someterse a la realización de dichos análisis, el Tribunal durante la fase de oposición, o la División de Formación y Perfeccionamiento durante las del curso de formación profesional y periodo de prácticas, previa audiencia del interesado, acordarán su exclusión del proceso.

CALIFICACIÓN FINAL

La CALIFICACIÓN FINAL de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la prueba de conocimientos (incluida, en su caso, la puntuación alcanzada en el ejercicio voluntario de idioma) y en la prueba de aptitud física, a las que se añadirá, en su caso, la puntuación conseguida con motivo de los servicios prestados en las Fuerzas Armadas y la correspondiente a los deportistas de alto nivel.

La puntuación final de la fase de oposición ordenada de mayor a menor determinará el número de orden obtenido en dicha fase.
Cuando exista igualdad de puntuación, el orden de prelación se determinará atendiendo a los criterios siguientes:

  1. Mayor puntuación obtenida en la parte a) de la segunda prueba (conocimientos).
  2. Mayor puntuación obtenida en la primera prueba (aptitud física).
  3. 
Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la prueba de aptitud física y, en caso de persistir el empate, se irá aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida en los ejercicios segundo y tercero de esta prueba hasta deshacer el empate.

Será considerado como mérito para el ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía el tiempo de SERVICIO PRESTADO EN LAS FUERZAS ARMADAS como militar de complemento, como militar profesional de tropa o marinería o como reservista voluntario del siguiente modo:

  1. Por cada año completo de servicio prestado como militar de complemento y como militar profesional de tropa o marinería, u ostentando la condición de reservista voluntario, 0,15 puntos, hasta un máximo de 1,5 puntos.
  2. Además, en función del empleo alcanzado como militar de complemento, militar profesional de tropa o marinería o reservista voluntario, se asignará la siguiente puntuación:
    1. Cabo: 0,10
    2. Cabo 1.º: 0,15
    3. Cabo Mayor: 0,20
    4. Sargento: 0,25
    5. Alférez: 0,30
    6. Teniente: 0,40
    7. Capitán: 0,50

A los efectos de esta puntuación, únicamente se tendrá en cuenta el empleo máximo alcanzado, no considerándose aquellos ostentados para la consecución de aquél.

Dicha puntuación se incorporará a la suma final de la obtenida durante la fase de oposición a los que superen ésta.

DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL

Se considerarán méritos haber alcanzado en los últimos cinco años, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria, la condición de deportistas de alto nivel. Por cada año en que se haya ostentado la condición de deportista de alto nivel, se asignará la puntuación que a continuación se señala:

  1. Incluidos en el Grupo A: 0,35 puntos
  2. Incluidos en el Grupo B: 0,25 puntos
  3.  Incluidos en el Grupo C: 0,20 puntos.

Dicha puntuación se incorporará a la suma final de la obtenida durante la fase de oposición a los que superen ésta.

Para el cómputo de los méritos por los servicios prestados en las Fuerzas Armadas y por haber ostentado la condición de deportista de alto nivel, se considerará como fecha límite la del último día del plazo de presentación de las solicitudes de admisión al proceso.

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