REQUISITOS

Para ingresar en la Policía Nacional será necesario reunir los siguientes requisitos:

GENERALES

Para ser admitido/a a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

  • Tener la nacionalidad española
  • Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación en la Policía Nacional.
  • No haber sido condenado o condenada por delito doloso, grave o menos grave, ni separado del servicio de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • No hallarse incluido/a en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las funciones propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional aprobado por Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, recogido en el anexo IV, salvo lo que se indica en la base 6.1.3.a) respecto de las causas de exclusión cuya efectividad ha sido declarada nula por el Tribunal Supremo.
  • No consumir drogas tóxicas, sustancias psicotrópicas o estupefacientes contemplados en la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y en sus posteriores modificaciones salvo prescripción facultativa previa.
  • Prestar compromiso, mediante declaración de la persona solicitante, de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.

 Plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería: Las personas interesadas en optar a las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, además de los requisitos anteriormente mencionados, deberán llevar cinco años de servicio como tales a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La no acreditación de este requisito, cuando les sea requerido, comportará la adscripción a las plazas de turno libre no reservadas a los militares profesionales de tropa y marinería.

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:

  • Conocimientos.
  • Aptitud física.
  • Psicotécnicos
  • Biodata.
  • Entrevista personal.
  • Reconocimiento médico

Los opositores que superen las anteriores pruebas selectivas se incorporarán a la Escuela Nacional de Policía (Ávila), donde iniciarán su proceso formativo, integrándose en el plan de carrera de la Policía Nacional.

ESPECÍFICOS

  • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B sin restricción alguna sobre el vehículo a conducir.
  • Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente. En relación con tales equivalencias, habrá de estarse a lo dispuesto en la normativa vigente y de acuerdo con lo previsto por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.
  • Acreditación del conocimiento de un idioma extranjero. Las personas aspirantes a ingresar en la Policía Nacional, en la categoría de Policía, deberán estar en posesión de, al menos, el nivel A2 en cualquiera de los idiomas prioritarios (inglés o francés) para la Policía Nacional antes de que termine el último día del plazo de presentación de solicitudes.

COMPROBACIÓN DE LOS REQUISITOS DURANTE EL PROCESO

Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera de los aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal, desde la publicación de la lista definitiva de admitidos hasta la conclusión de la fase de oposición, o la División de Formación y Perfeccionamiento, durante el resto del proceso selectivo, previa audiencia del interesado, acordarán su exclusión, comunicando a este Centro directivo, en su caso, las inexactitudes o falsedades que hubiera podido cometer.

Le recomendamos consulte las bases de la oportuna convocatoria, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

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