Las personas aspirantes declaradas aptas en la fase de oposición que hayan presentado en plazo la documentación exigida, serán nombradas policías-alumnos o policías-alumnas por Resolución del Director General de la Policía, y en tal calidad se incorporarán a la Escuela Nacional de Policía de la División de Formación y Perfeccionamiento en la fecha que oportunamente se determine, para la realización de un curso académico de carácter selectivo de formación profesional e irrepetible.
Para superar el curso, dado su carácter selectivo, el alumnado deberá realizarlo en su integridad y aprobar todas y cada una de las asignaturas del plan de estudios vigente. Cada asignatura será calificada de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de cinco puntos para aprobarla. Dado su carácter selectivo será necesario superarlas todas para acceder al módulo de formación práctica. Quienes no superen el curso en su totalidad en exámenes ordinarios o en una única convocatoria extraordinaria, causarán baja definitiva en el proceso selectivo por resolución del Director General de la Policía y perderán toda expectativa de ingreso nacida de la superación de la fase de oposición. La no incorporación, sin causa justificada, en la Escuela Nacional de Policía para la realización del preceptivo curso de formación, en la fecha y hora indicadas, llevará aparejada la exclusión del proceso y la pérdida de todos los derechos y expectativas de derechos nacidos de la superación de la fase de oposición. Los mismos efectos surtirá la no incorporación al centro en los casos en los que se desestimen las solicitudes de aplazamiento del curso de formación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 853/2022 de 11 de octubre. El alumnado que, en la fase del curso de formación fuera sorprendido copiando o utilizare engaño, dispositivos electrónicos, otros medios no autorizados o cualesquiera otras maquinaciones fraudulentas en la realización de cualesquiera pruebas de evaluación, será inmediatamente advertido por el personal docente que lo detectare de que tal situación, junto con los elementos que la acrediten, será reflejada en acta levantada al efecto y puesta en conocimiento de la Dirección del correspondiente centro docente, y de que dispone de un plazo de dos días hábiles siguientes al de la celebración de la prueba en cuestión para dirigir a dicha Dirección, por conducto de la Coordinación docente competente, cuantas alegaciones tuviera por conveniente, permitiendo a dicho alumnado, no obstante, que finalice la prueba de evaluación de que se trate si hubiera sido sorprendida durante su realización, cuando no impida su normal desarrollo. La persona titular de la Dirección del centro docente podrá acordar, a la vista de lo actuado y de forma motivada, la anulación de las actuaciones del alumnado concernido, lo que supondrá el suspenso, con una calificación de cero, de la materia o asignatura en la convocatoria en la que se encontrare. Si, por tal motivo, la calificación de suspenso recayese en la convocatoria extraordinaria de la asignatura o materia, ello supondrá la exclusión del alumnado en cuestión del proceso selectivo causando baja en el centro docente y perdiendo toda expectativa de ingreso derivada del presente proceso selectivo mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de la Policía. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento de los centros docentes de la Policía Nacional, aprobado por Real Decreto 49/2024, de 16 de enero, el alumnado, cuya formación durante el curso será presencial, al objeto de potenciar al máximo su integración en la institución policial y la asunción de los principios y valores que la rigen, realizará sus estudios en régimen de internado, salvo que concurran razones autoorganizativas, otras excepcionales, debidamente acreditadas por la persona interesada, relacionadas con la conciliación de la vida personal y familiar u otras de análoga significación, en las que la persona titular de la Dirección deba acordar o, en su caso, autorice el régimen de externado.
